13 noviembre 2018 9 MIN de lectura

El registro de transparencia europeo & Public Affairs

Aunque el registro tiene carácter voluntario, hoy en día los profesionales de Public Affairs debemos figurar en él para reunirnos con los miembros y personal de alto nivel de la CE y, salvo excepciones, para acceder a los edificios del PE.

En septiembre de 2016 la CE propuso un acuerdo interinstitucional por el cual se establecería un registro común y obligatorio para las tres instituciones (Consejo incluido). Las negociaciones entre las tres instituciones para llegar a un acuerdo están siendo largas y complejas. La mayor discrepancia es en la actualidad la obligación de registro para mantener reuniones con el Comité de Representantes Permanentes: mientras el PE defiende que se apliquen requisitos de registro obligatorio, el mandato del Consejo defiende que sean los Estados miembros los responsables de regular las interacciones entre los representantes de intereses y sus funcionarios nacionales (incluso cuando actúen como Presidencia del Consejo).

En la actualidad, los negociadores del PE, del Consejo y de la CE se han comprometido llegar a un acuerdo sobre el punto previamente mencionado. Cierto es que se acaba el tiempo de la legislatura (los mandatos de las tres instituciones terminan a lo largo del 2019), pero no se puede descartar que este tema forme parte de la agenda de la nueva CE tanto por su relevancia de cara a los ciudadanos de la UE como por haber sido abanderado hasta el momento por Frans Timmerman, actual vicepresidente de la CE y candidato del grupo S&D a presidir la institución a partir de octubre del año que viene.

El eventual acuerdo sobre un registro de transparencia obligatorio reformulará el entorno político en el que nos moveremos los profesionales de Public Affairs en Bruselas en los próximos años y enmarcará el debate sobre cómo los ciudadanos de la UE ven y entienden la representación de los intereses en el proceso democrático de la Unión. Lo que está en juego es por lo tanto importante.

A efectos prácticos, la potencial entrada en vigor del registro obligatorio establecerá un requisito previo a la representación de intereses en Bruselas. Para registrarse se mantienen los mismos requisitos que para el registro voluntario, los representantes de intereses deberán declarar, entre otras cosas, información detallada sobre las propuestas legislativas, políticas o iniciativas de la UE que son objeto de sus interacciones, una estimación de los costes anuales vinculados a las actividades cubiertas por el registro y en su caso, declarar a todos los intermediarios que lleven a cabo, en su nombre, actividades cubiertas por el registro e indicar el coste asociado a cada uno de ellos.

Ahora bien, no todas las actividades ligadas a la elaboración de políticas comunitarias se supeditarán a tal condición. Como novedad respecto al actual sistema, el mero asesoramiento quedará excluido de la obligación de registro ya que el acuerdo interinstitucional solo se aplicará a la actividad de representación de intereses que se realice a través de la interacción con el personal de las instituciones. Se mantienen así mismo excluidos determinados organismos como las comunidades religiosas, los partidos políticos o las autoridades públicas de terceros países entre otros.

Para el resto de representantes de intereses, el registro será un requisito para realizar diferentes acciones frente a las tres instituciones:

  • El PE exigirá el registro para poder acceder a sus edificios, pero también para participar en las intervenciones en las audiencias públicas de las Comisiones parlamentarias, para mantener reuniones con eurodiputados, con el secretario General, directores generales y secretarios generales de los grupos políticos y para poder patrocinar y realizar actos en el PE
  • En principio, en el Consejo el registro será necesario para mantener reuniones con el embajador de la presidencia del Consejo en curso o de la siguiente, así como con sus suplentes, el secretario general del Consejo y los Directores Generales.
  • En la CE, el registro será necesario para mantener reuniones con los comisarios, sus gabinetes y con los Directores Generales. Además, será una condición exigible para poder formar parte de los grupos de expertos, o para participar en los procesos de consulta pública además de para poder patrocinar actos.

El borrador del acuerdo recomienda a otras instituciones, órganos, oficinas y agencias de la UE utilizar el mismo como referencia para regular sus relaciones con los representantes de intereses y ofrece la posibilidad de que las mismas se adhieran al registro obligatorio. Por ello, no se puede descartar que normas similares se apliquen a organismos como la Agencia Europea del Medicamento o el Comité Económico y Social en un futuro.

El acuerdo también confiere más poderes a la secretaría del registro en materia de investigación y sanción de acciones en contra del Código de conducta aplicable a las entidades o personas registradas. La secretaría es una estructura organizativa común entre las tres instituciones compuesta por miembros del PE, el Consejo y la CE destinados a ella en comisión de servicio por sus respectivas Instituciones. El mencionado Código de Conducta obliga al registrado, entre otras cosas, a asegurarse de que la información facilitada en el registro esté completa y actualizada y no sea engañosa y a que, en caso de que se empleen a antiguos miembros del personal de cualquiera de las tres Instituciones, se respete la obligación que tienen esas personas de cumplir los requisitos y las normas de confidencialidad tras salir de la institución en la que hayan prestado sus servicios. Las mencionadas sanciones varían desde el apercibimiento formal hasta la supresión del registro.

En general, el nuevo registro obligatorio crearía una ventanilla única para que los profesionales de Public Affairs puedan ver legitimada su actividad frente, al menos, las tres instituciones comunitarias más relevantes fijando estándares de profesionalidad y transparencia.

Aunque siempre es necesario que las instituciones y los profesionales de asuntos públicos aspiremos a cumplir los estándares más altos en términos de transparencia, y existen discrepancias sobre el potencial alcance del nuevo registro, es indudable que este nuevo sistema será una herramienta que mejorará la confianza en los representantes de las instituciones y de todos los ciudadanos europeos y aumentará la  legitimidad de la contribución a la política europea que realizamos los profesionales de Public Affairs, empoderando a aquellos actores que fomenten una cultura de integridad.

 

Lourdes Huerta, Consultora

 

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