31 julio 2017 4 MIN de lectura

Consejo de Ministros

El Consejo de Ministros es el órgano colegiado del Gobierno, y está compuesto por el Presidente del Gobierno, los Vicepresidentes (si los hubiera) así como todos los Ministros. Asimismo, podrán asistir los Secretarios de Estado, y de forma excepcional, otros altos cargos si son convocados al Consejo. Está previsto que, también excepcionalmente, el Rey pueda presidir el Consejo de Ministros, a petición del Presidente del Gobierno, para informarle de asuntos de Estado (art. 62 CE). Igualmente, A las reuniones del Consejo de Ministros podrán asistir los Secretarios de Estado y excepcionalmente otros altos cargos, cuando sean convocados para ello (art. 5.2 Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno)

Los orígenes del Consejo de Ministros como lo conocemos actualmente, se remontan a principios del siglo XIX, cuando el rey Fernando VII dicta el decreto para crear el Consejo de Ministros, en el que afirma que se tratarán “todos los asuntos de utilidad general; cada ministro dará cuenta de los negocios correspondientes a la secretaría a su cargo, recibirá mis resoluciones, y cuidará de hacerlas ejecutar”

Si bien en un primer momento el Consejo de Ministros se reunía una o dos veces por semana, en la actualidad es habitual que se reúna los viernes por la mañana en el Palacio de la Moncloa. Aunque las reuniones del Consejo de Ministros son secretas, tras este encuentro se produce una rueda de prensa en la que uno o varios de sus miembros destacan los temas más relevantes tratados durante la reunión. Además, a posteriori, aparecen en la página web de la Moncloa las “Referencias del Consejo de Ministros”, con los acuerdos a los que se ha llegado. La Ley del Gobierno señala las funciones del Consejo de Ministros, entre las que cabe destacar, entre otras: “aprobar proyectos de ley y remitirlos a las Cortes Generales, aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, aprobar los Reales-Decretos leyes y los Reales decretos legislativos, acordar la negociación y firma de Tratados internacionales o disponer la emisión de Deuda Pública o contraer crédito”.

Resulta de interés seguir la rueda de prensa para conocer nada más termine el Consejo, los acuerdos más relevantes a los que se ha llegado. No obstante, lo esencial es analizar las Referencias del Consejo de Ministros, ya que es ahí donde aparecerán los principales asuntos públicos sobre los que ha aprobado algo el Consejo, siendo habitualmente asuntos de especial relevancia política y de gran actualidad. Por ello, desde Vinces, todos los viernes se revisan estas Referencias para identificar los temas más destacables de actualidad política, económica o social, así como para reconocer los asuntos principales sobre los que se está regulando. Sin olvidar la importancia de estar al día respecto a los nombramientos, para poder identificar los nuevos stakeholders políticos que van apareciendo.

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