12 diciembre 2016 4 MIN de lectura

Avalancha de subcomisiones en el Congreso

Desde que se pusiera en marcha la presente Legislatura han sido muchas las iniciativas registradas para la creación de subcomisiones en el Congreso de los Diputados. En concreto, en el momento de escribir estas líneas, había registradas 28 solicitudes de creación de subcomisiones. Algunas de las solicitudes afectan a temas nucleares, como por ejemplo nuestro sistema educativo, la reforma electoral, la violencia de género o la sostenibilidad del sistema de dependencia.

Pero ¿qué es una subcomisión? Una subcomisión es un órgano que, con carácter general, desempeña tareas de estudio y análisis de una materia y cuyos trabajos concluyen con la elaboración de un informe que puede ser debatido, además de por la Comisión en cuyo seno se ha constituido la subcomisión, por el Pleno de la Cámara.

Se trata de un órgano de trabajo sumamente útil y un ejemplo sin duda de colaboración público-privada en un marco institucional. De hecho, lo habitual es que participen todos los stakeholders que se puedan ver afectados por la materia objeto de estudio (Administración en sus diferentes niveles, industria afectada, organizaciones empresariales, grupos sociales relacionados, expertos académicos…etc). Además, no es infrecuente que, aunque no se tenga la condición de compareciente, se pueda hacer llegar documentación de interés a la subcomisión para su reparto entre los miembros.

Fundamentalmente es un instrumento de colaboración entre el Parlamento, el Ejecutivo y los actores empresariales y sociales. Permite la adquisición de un conocimiento por parte de los parlamentarios; contribuye a su potencial especialización en la materia; abre unos canales de diálogo fluidos entre el sector privado, la academia y las instituciones; favorece un clima de consenso político por la informalidad, que no falta de seriedad, de sus trabajos; permite profundizar sosegadamente en aspectos en los que la celeridad procedimental de los procesos normativos a veces no deja; es una vía de participación de los grupos de interés por un cauce institucionalizado; y, lo que es más importante, contribuye a la realización del interés general.

Suelen concluir con la aprobación de un informe en el que se recogen de manera resumida las contribuciones de los comparecientes, así como las recomendaciones que, principalmente, van dirigidas a los poderes públicos, aunque también es habitual la introducción de elementos propios de la colaboración público-privada.

En una época en la que hay una creciente demanda de participación de la sociedad en la elaboración de políticas públicas, en los procedimientos normativos y, en definitiva, en el debate político en cuanto que ciencia destinada a la satisfacción del bien común, la subcomisión se presenta, bien utilizada, como un órgano sumamente útil.

Cierto es que necesariamente se ha de guardar un equilibrio por cuanto no puede constituir el órgano ordinario de trabajo del parlamento. Son las comisiones y el pleno los órganos naturales y, consiguientemente, el número de subcomisiones en funcionamiento de manera paralela ha de ser razonable y equilibrado. A ello se añade que el trabajo de las subcomisiones ha de ser constante y riguroso para llegar a conclusiones concretas, con objetivos asequibles y evitar en definitiva que su presencia se eternice. Otra forma de funcionar sería dar la razón a Napoleón: «Si quieres que algo se haga, encárgaselo a una persona; si quieres que algo no se haga, encárgaselo a un comisión”.

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